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Comunicación previa de primera ocupación de edificaciones

La comunicación previa de primera ocupación acredita que las nuevas edificaciones, unifamiliares o colectivas, cumplen los requisitos: a) el edificio o, en su caso, la urbanización del entorno, se han realizado conforme al proyecto técnico y la licencia concedida; b) reúne las condiciones exigidas de seguridad, salubridad y ornamento público; c) quien construye repuso los elementos y equipamientos urbanísticos que resultaron dañados.

Cuando si presente CP de Primera Ocupación parcial por edificios o portales completos, se deberán de dar las siguientes condiciones:
a) Que el estado de ejecución de las obras autorizadas permita su utilización y ocupación con independencia de la parte del edificio o la construcción inacabada.
b) Que la parte para cuya ocupación o utilización se solicite comunicación previa fuera ejecutada íntegramente de conformidad con el proyecto autorizado y, si procede, con sus modificaciones y con las condiciones de la licencia urbanística otorgada.
c) Que su utilización y ocupación y el final de las obras no si interfieran mutuamente de forma grave.
d) Otras que establezcan las ordenanzas municipales de la edificación, si procede.

Preferentemente de forma telemática a través del botón "Iniciar trámite". Si la persona interesada no utiliza la vía telemática podrá descargarse el/los impreso/s desde esta página o acudir al registro del Ayuntamiento, donde le facilitarán dicho/s impreso/s normalizado/s a presentar.

  • Comunicación previa de primera ocupación de edificaciones.
  • En caso de actuar en representación, copia de los documentos de identidad de la persona representante y de la persona interesada con la autorización escrita de esa última o copia del poder para actuar en representación. En caso de presentación online, no es necesario aportar el documento de identidad de la persona que presenta (ni de la persona interesada en el caso de utilizar un certificado electrónico de representación).
  • Certificado acreditativo de la efectiva y completa finalización de las obras subscrito por técnico competente, visado por el colexio profesional (Certificado final de la dirección de obra) (art. 146.f. LS)
  • Documentación del estado final del edificio en el caso de haber modificaciones.
  • Justificantes de alta en el catastro (Modelo 900D).
  • Certificación emitida por las empresas suministradoras de los servicios públicos de la idónea ejecución de las acometidas a las redes de suministración (art. 146.g LS)..
  • Registro del certificado de eficiencia energética-cuando sea de aplicación (artigo 8. D 128/2016).
  • Informe de ensayo acústico-cuando sea de aplicación (artigo 10 D106/2015).
  • Fotografías de todas las fachadas del edificio.
  • Documentación justificativa de la puesta en funcionamento de las instalaciones ejecutadas en el inmueble de conformidad con su normativa reguladora (art.146.g LS).
  • Boletín de instalación de infraestructuras comunes de telecomunicaciones (edificios de más de 20 viviendas certificado de obra).
  • Justificante de pago de tasas según la/s ordenanza/s vigente/s.

Nombre: Comunicación previa de primera ocupación de edificaciones.

Unidad tramitadora: Urbanismo.

Inicio del procedimiento: A instancia de parte.

Tipo de interesado:
Persona física o jurídica.

Tasas/impuestos: Consultar ordenanzas fiscales del apartado de normativa.

Canales de atención: Telemático (Iniciar trámite).

                                       Presencial.